Por Alfredo Guevara
El Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam), no tiene hasta ahora ninguna consulta por parte del Congreso local, derivada de las nuevas disposiciones establecidas en el “Plan B”, toda vez que se dispone hasta el 30 de mayo para adecuar la normatividad, en este caso, la legislación estatal.
De darse el planteamiento, sobre todo en la nueva integración de los ayuntamientos, en cuanto al número de regidores, cantidad por el principio de mayoría relativa como de representación proporcional, se abrirían los espacios para que el Instituto participe, desde su experiencia y sumar a la deliberación, estableció Juan José Ramos Charre.
El presidente del Ietam, estimó que, de no haber algún tipo de consulta por parte del Congreso local, la iniciativa de reforma podría plantearse por el Ejecutivo Estatal, la Consejería Jurídica o bien, la Subsecretaría de Enlace Legislativo, en donde se establezca, entre otras cosas, la manera en que se determinará la integración de síndicos y regidores en esos municipios.
“Si traemos otro tipo de consultas en otras iniciativas que han presentado legisladoras y legisladores, atendemos las que estén vinculadas a la materia electoral a través de la opinión técnica, en este caso de quienes integramos el Consejo General, pero particularmente en ese caso en específicas, no traemos ninguna consulta por parte del Congreso del Estado”, sostuvo.
Recordó que la modificación constitucional establece un tope justo en la conformación de los ayuntamientos, en este caso el número de regidoras y regidores, además de la incorporación de los principios de paridad, de reconocer el tema de la paridad tanto horizontal como vertical, el tema de la paridad por competitividad y también por supuesto el tema de la igualdad sustantiva.
Lo cual se traduce en que se establezcan acciones afirmativas para que grupos que históricamente han sido discriminados, accedan a esos cargos de elección popular como tal, que el legislador o el constituyente permanente no define desde el texto constitucional cuántos regidores corresponden a la planilla en la vía de la mayoría y en su caso cuántos corresponden a la representación proporcional.
Por consecuencia, corresponde en todo caso el legislador tamaulipeco definirlo, desde la constitución, la ley electoral y seguramente también el código municipal cuántos corresponden a la vía de la mayoría y cuántos en la vía de la representación proporcional, pero no hay una base constitucional, hay en todo caso un tope, no hay una base de la distribución, concluyó.